Información para los sobrevivientes pensionadosSi no recibe su pago el primer día laboral del mes, por favor, llame a su institución financiera para obtener información. Si no le pueden asistir, llámenos durante nuestro horario regular de oficina o escriba a la siguiente dirección:
U.S. Office of Personnel Management Asegúrese de decirnos su nombre completo, el número de reclamo de la pensión de sobreviviente y la fecha en la que esperaba recibir su pago. Si más de dos pagos son devueltos, suspenderemos la pensión hasta que nos deje saber donde debemos enviar sus pagos. Si reside en un área en donde no se permita al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos pagar su pensión a través de una transferencia de fondos, le pagaremos con un cheque. Lo enviaremos donde nos indique. Para informarnos sobre un cheque perdido o que no haya recibido, llámenos o escríbanos a la dirección que aparece arriba. Elegibilidad para una pensión de sobreviviente El viudo(a), generalmente, es elegible para una pensión mensual de sobreviviente, siempre que hubiese estado casado con el fallecido(a) durante al menos nueve meses antes de la defunción. Si el cónyuge sobreviviente tuvo un hijo(a) con el fallecido(a) o si la defunción fue accidental, el requisito del matrimonio por nueve meses no aplica. El viudo(a) de un pensionado(a) fallecido(a) sólo puede ser elegible si el pensionado eligió un pago reducido con beneficios de sobreviviente. Un ex-cónyuge puede ser elegible para una pensión mensual de sobreviviente si cumple con el requisito de los nueve meses de matrimonio y hay una orden judicial o una elección de sobreviviente hecha por el fallecido(a) para proveer una pensión. Elegibilidad para más de una pensión de sobreviviente Si usted es el cónyuge sobreviviente de más de un retirado, tendrá que elegir uno de los beneficios -no podemos pagarle dos pensiones de sobreviviente. Sin embargo, le podemos pagar una pensión separada basada en su propio servicio federal. La relación entre su pensión y los beneficios del Seguro Social Puede recibir ambos, los pagos de la pensión y los pagos del Seguro Social. Para información sobre los beneficios del Seguro Social, por favor póngase en contacto con la Administración del Seguro Social. El Servicio de Compensación del Sistema de Retiro del Servicio Civil cubre las situaciones en las cuales la persona fallecida desempeñó un trabajo federal que estaba sujeto a deducciones del Seguro Social y del Retiro del Servicio Civil. Reducimos las pensiones de sobreviviente del Servicio de Compensación del Sistema de Retiro del Servicio Civil si la Administración del Seguro Social nos informa que ellos pueden pagarle un beneficio basado en el Servicio de Compensación del Sistema de Retiro del Servicio Civil. Si usted tiene derecho a recibir una pensión del servicio civil basada en su propio servicio federal, puede que haya una reducción en la cantidad del beneficio del Seguro Social que recibe basado en el servicio del cónyuge fallecido. Para más información, contacte su Oficina de Seguro Social. Cuándo comienzan las pensiones de sobrevivientes Si es un viudo(a), su pensión de sobreviviente comienza: el día después del fallecimiento del empleado o retirado, o el día después de que el derecho de cualquier ex-cónyuge termine, si ese derecho impide que usted reciba una pensión de sobreviviente, lo último que ocurra. Si es un pensionado con interés asegurable, su pensión de sobreviviente comenzará el día después de la defunción del retirado en cuyo servicio se basa el beneficio. Si es un ex-cónyuge, a quien le concedieron una pensión de sobreviviente basada en una orden judicial, su pensión de sobreviviente comienza: el día después de que el empleado o retirado fallezca, o el primer día del segundo mes después que recibamos una copia certificada de la orden judicial (junto con cualquier otro documento de apoyo requerido), lo último que ocurra. Si usted es un ex-cónyuge que solicitó una pensión de sobreviviente bajo una cláusula especial de la Ley de equidad de cónyuges del retiro del servicio civil de 1984, su pensión empieza el día después de la defunción del empleado(a) o retirado(a). Si usted es un ex-cónyuge elegible para una pensión de sobreviviente basada en la elección de la persona retirada, su pensión de sobreviviente comienza el día después de la defunción del retirado(a) o el día después que el derecho de cualquier otro(a) ex-cónyuge termine, si ese derecho le impide recibir la pensión de sobreviviente. Cuándo terminan las pensiones de sobrevivientes Todas las pensiones de sobrevivientes terminan cuando el sobreviviente fallece. Las pensiones de sobrevivientes que son pagadas a los viudos y a los ex-cónyuges terminan si el sobreviviente contrae nuevamente matrimonio antes de los 55 años de edad y no estuvo casado(a) por lo menos 30 años con el empleado(a) o retirado(a) fallecido(a). La pensión de sobreviviente de un ex-cónyuge por una orden judicial termina si se cumple con el término de la orden. Las pensiones de sobrevivientes con interés asegurable son pagadas de por vida al sobreviviente. Los viudos y ex-cónyuges que se casen de nuevo después de los 55 años de edad continuarán siendo elegibles para los beneficios de una pensión de sobreviviente. Las pensiones de sobrevivientes se pagan hasta el fin del mes anterior a la fecha del evento que terminó la elegibilidad para la pensión. Restitución de pensiones de sobrevivientes Las pensiones de sobrevivientes que terminen debido a un nuevo matrimonio del sobreviviente antes de los 55 años de edad, podrían ser restituidas para los viudos cuando el nuevo matrimonio termine. Antes de que el beneficio sea restituido, el sobreviviente debe devolver el pago global hecho en el momento en el que la pensión de sobreviviente terminó. (Los pagos globales no son muy frecuentes puesto que normalmente no hay un balance no desembolsado de las contribuciones al fondo de retiro.) Las pensiones de sobreviviente de ex-cónyuge que terminaron debido a un nuevo matrimonio antes de los 55 años de edad nunca pueden ser restituidas. Cómo determinamos si terminar o restituir las pensiones de sobrevivientes La ley requiere que aquellas personas que reciben pensiones de sobrevivientes que terminen por razón de un nuevo matrimonio antes de los 55 años de edad, nos notifiquen si se han vuelto a casar. Hacemos investigaciones periódicamente para determinar si los viudos o ex-cónyuges se han casado nuevamente. Por favor, tenga en cuenta que tenemos que recuperar el dinero pagado a las personas que no tengan derecho al mismo. Para notificarnos que se ha casado de nuevo escriba a la dirección que aparece en Cómo contactar con la Oficina de Administración de Personal Federal. Incluya una copia del certificado de matrimonio, incluya también su número de reclamo de pensión de sobreviviente (CSF number) y el nombre del fallecido, en cuyo servicio su beneficio está basado. Use la misma dirección para notificarnos que este matrimonio ha terminado. Envíenos una copia del certificado de divorcio, anulación o defunción mostrándonos que su matrimonio ha terminado y pídanos que le restituyamos su pensión de sobreviviente. El efecto de los beneficios del empleo sobre su pensión Sus ingresos de empleo con el gobierno o con otro empleador no tienen ningún efecto sobre su pensión de sobreviviente. Solamente hay una excepción: si usted es un viudo(a) cuya pensión está basada en el servicio de un empleado(a) federal quien falleció antes de retirarse y antes del 8 de enero de 1971, su pensión terminará si acepta un empleo que le permita mantenerse a sí mismo(a). Eventos que pueden aumentar su pensión Si es un viudo(a) que recibe menos de la pensión de sobreviviente a la cual usted tiene derecho debido a que un ex-cónyuge tenía un derecho previo por orden judicial, su pensión aumentará si el derecho del ex-cónyuge termina por defunción, se casa nuevamente antes de los 55 años de edad o bajo los términos de la corte. Sin embargo, si hay otro ex-cónyuge que sea elegible para una pensión de sobreviviente basada en una orden judicial, usted no será elegible para este aumento. Si usted es un ex-cónyuge que recibe una pensión de sobreviviente que es menor de lo ordenado por la Corte de Justicia y la pensión del otro ex-cónyuge termina, su pensión será aumentada a la parte completa ordenada por la Corte de Justicia, si su orden judicial es la siguiente en orden cronológico. Cuando una pensión de sobreviviente de interés asegurado termina debido al fallecimiento del beneficiario, no tiene efecto sobre otra pensión de sobreviviente.
RI 25-26SP
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